La Ley 16.744, que establece el Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales en Chile, protege a los funcionarios y funcionarias ante situaciones que afecten su salud y seguridad en el ejercicio de sus funciones. Dentro de este marco legal, se distinguen dos tipos principales de accidentes cubiertos por el seguro:
Accidente de Trabajo: Se define como toda lesión que sufra un trabajador a causa o con ocasión del trabajo y que le produzca incapacidad o muerte. Este tipo de accidente puede ocurrir dentro del lugar de trabajo o en cualquier lugar donde el trabajador se encuentre desempeñando labores relacionadas con su empleo.
Accidente de Trayecto: Corresponde a aquel accidente que ocurre en el trayecto directo de ida o regreso entre el domicilio del trabajador y su lugar de trabajo. Este tipo de accidente también está cubierto por la Ley 16.744, siempre que se demuestre que el trayecto no fue interrumpido por razones ajenas al trabajo.
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Ambas clasificaciones buscan garantizar la protección de los funcionarios y funcionarias, otorgándole cobertura médica, indemnizaciones y prestaciones económicas en caso de incapacidad temporal o permanente. El reconocimiento de estos accidentes es clave para resguardar los derechos laborales y fomentar entornos de trabajo más seguros.
Descargue aquí Procedimiento de accidente de trabajo y trayecto:
RES-EXENTA 1449 APRUEBA PROCEDIMIENTO ACCIDENTE TRABAJO TRAYECTO.pdf
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